Reducción de jornada laboral 40 horas
¿Cuándo empiezan las 40 horas laborales en Chile?
Esta nueva ley que comienza a regir a partir del 26 de abril, reduce las horas de la jornada laboral y se implementará de forma gradual. Para esto se deben tener en consideración las siguientes etapas:
Primera etapa: durante el primer año de publicada, se pretende pasar de la jornada laboral de 45 horas a 44 horas semanales.
Segunda etapa: al tercer año de su entrada en vigencia, se deberá reducir a 42 horas laborales semanales.
Tercera etapa y final: en su quinto año de entrada en vigencia, se deberá cumplir a cabalidad con las 40 horas semanales.
Acá te dejamos algunos ejemplos de jornadas laborales, para comprender la implementación gradual:
Una persona que trabaja de 8:00 hrs a 18:00 horas, de lunes a viernes:
Año 1: al menos un día a la semana podría optar por una salida a las 17:00 horas
Año 3: al menos dos días a la semana podría optar por una salida a las 17:00 horas.
Año 5: todos los días de la semana podrá optar a la salida de las 17:00 hrs.
Cabe señalar que la jornada laboral deberá quedar respaldada en los contratos de trabajos nuevos y/o anexos cuando corresponda. Además, la jornada laboral y los tiempos establecidos y distribución entre la entrada y salida, corresponderá a un acuerdo previo entre el trabajador y su empleador. Además, no deberá afectar las liquidaciones de sueldo al momento de hacer el cálculo de haberes imponibles.
Esta nueva ley que comienza a regir a partir del 26 de abril, reduce las horas de la jornada laboral y se implementará de forma gradual. Para esto se deben tener en consideración las siguientes etapas:
Primera etapa: durante el primer año de publicada, se pretende pasar de la jornada laboral de 45 horas a 44 horas semanales.
Segunda etapa: al tercer año de su entrada en vigencia, se deberá reducir a 42 horas laborales semanales.
Tercera etapa y final: en su quinto año de entrada en vigencia, se deberá cumplir a cabalidad con las 40 horas semanales.
Acá te dejamos algunos ejemplos de jornadas laborales, para comprender la implementación gradual:
Una persona que trabaja de 8:00 hrs a 18:00 horas, de lunes a viernes:
Año 1: al menos un día a la semana podría optar por una salida a las 17:00 horas
Año 3: al menos dos días a la semana podría optar por una salida a las 17:00 horas.
Año 5: todos los días de la semana podrá optar a la salida de las 17:00 hrs.
Cabe señalar que la jornada laboral deberá quedar respaldada en los contratos de trabajos nuevos y/o anexos cuando corresponda. Además, la jornada laboral y los tiempos establecidos y distribución entre la entrada y salida, corresponderá a un acuerdo previo entre el trabajador y su empleador. Además, no deberá afectar las liquidaciones de sueldo al momento de hacer el cálculo de haberes imponibles.
Actualizado el: 31/03/2024
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